martes, 16 de septiembre de 2014

El voto europeo a los comisarios



Por lo que parece, el flamante secretario general del PSOE ha anunciado el voto contrario de sus parlamentarios europeos a la Comisión que recientemente ha sido presentada por su nuevo presidente, Jean Claude Juncker. No deja de resultar un síntoma de mala práctica esa que consiste en observar la política europea en términos de política española, desoyendo además los pactos que mantiene su grupo (S&D) con otros tres grandes grupos en el PE (EPP y ALDE) y hacerlo también sin que sus diputados escuchen lo que nos tengan que contar los diversos candidatos a las carteras del Colegio de Comisarios en las comisiones correspondientes del Parlamento.
También se habla en otros foros del voto en contra al candidato español, Arias Cañete, antes también de ser escuchado, como si el pleno del Parlamento Europeo tuviera dicha posibilidad en algún momento de la tramitación que corresponde a la audiencia de los candidatos a comisarios. Sorprende que esas manifestaciones se hagan desde personas que, por lo que se supone, conocen muy bien el mecanismo de trabajo en este caso.
Esta cuestión se regula en el artículo 118 del Reglamento del Parlamento Europeo. El procedimiento que establece esta norma indica que:
  1. La Comisión —o comisiones— pertinentes invitan al Comisario propuesto a realizar una declaración y a contestar las preguntas que los diputados le formulen en una sesión que tendrá audiencia pública.
  2. Una vez concluida la audiencia del candidato, la presidencia de la Comisión y los coordinadores de los diferentes grupos parlamentarios se reúnen para evaluarlo. Esta reunión se produce a puerta cerrada.
  3. En el caso de que no se produzca un acuerdo en esa reunión, o cuando lo solicite un grupo político, se procederá a convocar a la comisión correspondiente en pleno.
  4. Sólo como «último recurso», la presidencia de la comisión someterá a aprobación de la misma la propuesta de resolución.
  5. La votación parlamentaria está prevista para el Colegio de Comisarios como órgano colegiado. Esto es, se vota por el pleno al conjunto de los comisarios, no uno por uno.
Nada más alejado, por lo tanto, que creer que al candidato Arias Cañete le votará la Comisión de Energía y la de Medio Ambiente (recuérdese, sólo lo haría en último extremo) y mucho menos que lo haga el Pleno del Parlamento.
Por otra parte, como ya apuntaba arriba, hay un pacto que vincula a tres grandes grupos parlamentarios (populares, socialistas y liberales) que obliga a la aceptación por estos grupos del conjunto de la Comisión Europea que se somete a aprobación del parlamento; salvo por supuesto, que la competencia general del candidato propuesto, su compromiso europeo y su independencia personal no sean los adecuados en función de la audiencia celebrada y de la evaluación de la misma en los términos que he señalado. Un pacto que ha llevado a que la comisión que se presenta ahora a la audiencia de las comisiones parlamentarias a 5 candidatos a comisarios pertenecientes al grupo ALDE.
No es, por lo tanto, inevitable que Arias Cañete (o el candidato húngaro a dirigir la cartera de Cultura y Ciudadanía, proviniendo como lo hace de un país cuyos principales responsables políticos han señalado su falta de identificación con los valores de la democracia liberal) resulten finalmente investidos como comisarios.
Pero no depende ello del voto de los diputados de UPyDque no estamos presentes en las comisiones que habrán de evaluar al candidato español, no podremos formular preguntas ni —en último extremo, si esta se produce— votarlo.
Nos cabe trabajar en las audiencias de los comisarios que nos corresponden (a mí, por ejemplo, el discutido y discutible húngaro), reforzar la posición del grupo ALDE y, sobre todo, no perder de vista que nos encontramos en el Parlamento Europeo y en la política europea y no en el Congreso de los Diputados y analizando políticas nacionales.

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